El Problema Carcelario Argentino

Se encuentran muchos hombres que hablan de libertad, pero se ven muy pocos cuya vida no se haya consagrado, principalmente, a forjar cadenas. Gustavo Le Bon

Archive for septiembre 2010

Casal ordena: Habrá controles «sorpresivos» en las cárceles bonaerenses

Posted by Darien en 25 septiembre, 2010

Todas las cárceles de la Provincia serán controladas mensualmente, inspeccionadas con requisas sorpresivas o programadas y evaluadas con un sistema de puntaje que irá del 1 al 100. Así lo dispone una resolución del ministerio de Justicia y Seguridad bonaerense que tendrá «aplicación inmediata» según se informó.

La decisión fue tomada teniendo en cuenta «la necesidad de profundizar acciones que propendan a la mejora de la gestión penitenciaria y a la profundización del tratamiento resocializador (…) para propender a la efectiva reinserción de los detenidos a través de la asistencia y el tratamiento».

El programa establece «mecanismos permanentes de evaluación, monitoreo y mejora de la gestión como herramienta adicional de control del desempeño institucional de cada una de las Unidades Carcelarias (…) que permita abordar institucionalmente el monitoreo a través de fases diferenciadas de diagnóstico, fijación de objetivos y control».

La etapa de evaluación comenzará este mes «y se extenderá hasta el 30 de diciembre del mismo año. En dicho período, cada unidad Carcelaria será sometida a controles, inspecciones y evaluaciones a los efectos de merituar su desempeño institucional».

Estas tareas estarán a cargo de una «Comisión Evaluadora» que estará integrada por el ministro de Justicia y Seguridad, Ricardo Casal, y los principales responsables del Servicio Penitenciario Bonaerense, apoyados por un equipo de auxiliares que funcionará como «inspectores y relevadores de la realidad carcelaria» que estarán obligados a «visitar en forma sorpresiva o programada cada una de las Unidades Carcelarias al menos una vez al mes».

Durante estas evaluaciones los inspectores podrán «tomar muestras fotográficas o realizar videofilmaciones de los aspectos que resulten relevantes, extraer copia de la documentación de la Unidad, realizar entrevista a internos, personal penitenciario o dependiente de Salud Penitenciaria; requerir informes o pedir aclaraciones y cualquier otro mecanismo que sea útil a sus fines».

Concluida esta etapa, clasificarán a cada cárcel con un puntaje de 1 a 100, «que surgirá de la suma de cada uno de los ítems sometidos a evaluación) para los rubros sometido a examen».

Entre estos figuran condiciones de alojamiento, alimentación, provisión de ropa, actividad laboral, educativa y recreativa, mantenimiento,) prevención de la violencia, gestión de la conflictividad y la implementación de programas especiales.

Fuente: DyN
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INGRESO SPB 2010 CARRERA OFICIALES

Posted by Darien en 22 septiembre, 2010

Se informa a traves del SPB que se encuentra abierta la inscripcion para el curso de oficiales en la sede La Plata, la extension en Hinojo, Junin y Mar del Plata.


Los requisitos son:

Tener entre 18 años y 28 años al 21 de febrero de 2011, ser argentino nativo o por adopcion, no tener antecedentes penales y tener secundario o polimodal completo. entregar a termino la documentacion y solicitud a tiempo.

En la pagina del SPB se encuentra la documenatcion a descargar,  el link

http://www.spb.gba.gov.ar/index.php?option=com_remository&Itemid=27&func=fileinfo&id=292

Cierre de inscripcion es el 30 de noviembre de 2010.

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Horacio Verbitsky y su articulo La Mano de Scioli en Pagina 12

Posted by Darien en 22 septiembre, 2010

La mano de Scioli

La mano del gobernador Scioli se ve en el proyecto de construcción de dos nuevas cárceles y quince alcaidías departamentales, con créditos del Banco Interamericano de Desarrollo. Esa respuesta de negocios inmobiliarios a los problemas de seguridad fue objetada por el Consejo de Defensores Generales, que denuncia el fracaso de una política que recicla la violencia al hacinar en las cárceles al doble de detenidos admisibles según la Constitución y los tratados internacionales.

El doble

El documento del Consejo de Defensores Generales fue enviado a Scioli y a la Suprema Corte bonaerense. Su conclusión es que la capacidad de alojamiento del sistema penitenciario sería de 15.600 plazas, de modo que la población de 26.018 personas implica un índice de ocupación del 167 por ciento. Si se suman las 4.068 personas privadas de libertad en comisarías la sobrepoblación ascendería al 192 por ciento. Es decir, casi el doble de personas “que podría alojar legítimamente”. Para el Consejo, el dictado continuo de leyes que incrementan sin pausa la cantidad de personas en las cárceles tornan vanos los esfuerzos por superar la superpoblación, lo cual no se logra “solamente con la construcción de más cárceles”. En cambio, es urgente el dictado de una ley de cupos. “Y ésta es una decisión política”. Para los defensores el grave problema que denuncian se acentuará con la construcción de las nuevas cárceles y alcaidías penales “sin reformas al sistema de excarcelaciones”.

En sus recorridas, los defensores constaron que en 21 unidades, celdas de entre 5 y 7 m² alojan a dos personas, y en algunos casos a más de dos. En otras cuatro unidades las dimensiones de las celdas son menores a los 5 m² y en la unidad 21 de 3,6 m². Cuando dos personas deben ocupar el espacio destinado a una, además de la superficie se reducen a la mitad la ventilación y las exigencias mínimas de higiene y decoro.

Retretes y resocialización

El informe incluye imágenes de los retretes ubicados sin reparo alguno dentro de las celdas. Las normas internacionales violadas establecen que “los baños ubicados en las celdas o al lado de ellas, deben estar cubiertos y separados del área habitacional, por medio de una pared o al menos una división. Esto es particularmente importante en las prisiones donde los presos comen en la celda, porque comer junto a un retrete abierto es extremamente desagradable”. Tal situación se agrava con el alojamiento de dos personas, cuyo sentido de autoestima y dignidad ya ha sido perturbado por otros factores relacionados con el encarcelamiento, obligadas a practicar los ritos más privados “frente a los ojos del otro”. De este modo queda anulada “la posibilidad de los detenidos de autodeterminarse y actuar conforme a sus preferencias” en aquello que pertenece a su privacidad, tal como intentó garantizar el artículo 19 de la Constitución. Esto es “irreconciliable con el pretendido fin de resocialización o moralización”.

Autogestión y violencia

El requisito de seleccionar en forma cuidadosa a quienes compartirán los dormitorios colectivos no se cumple, pese a que también lo exige la ley 12.256, porque la ecuación entre el número de evaluadores y los evaluados lo impide. Los internos sólo son evaluados a su ingreso, en muchos casos en una entrevista colectiva. Por la misma razón tampoco existe la requerida vigilancia nocturna ni el control de la vida en los pabellones. La regla es que haya un guardia por pabellón y en algunas unidades, como la U9 de La Plata, sólo uno para vigilar cuatro pabellones. El resultado es que “la vida dentro de los pabellones es gestionada por los propios internos”. En concreto, por “los individuos o grupos que, en general, a través de liderazgos violentos y códigos tumberos se imponen sobre el resto” y con los que “la autoridad penitenciaria debe negociar, conceder privilegios o de alguna forma reconocer esos espacios de poder existentes, tendiendo a su reproducción”.

Los refugiados

La única alternativa que ofrece el sistema es el llamado “Programa de reducción de la violencia”, que consiste en el encierro en soledad y en espacios reducidos durante casi todo el día. Los defensores señalan que éste es ya un trato inhumano, que se agrava si se da en calabozos oscuros, húmedos y de higiene deficiente. La ley prevé el aislamiento como un castigo, de modo que sólo sería legítimo ante una infracción comprobada y durante un corto período.

Sin embargo, también se aplica a los “refugiados”, como se llama a las personas que “para escapar de situaciones de abusos o violencia intracarcelaria solicitan o consienten permanecer a veces un largo tiempo en estos sectores”. Cuando se trata de castigados, sólo debería incluir la privación fugaz de la convivencia, pero no la de la luz natural y del aire, ni el agregado de la humedad y las demás condiciones denigrantes de las celdas. Estas “privaciones ilegítimas” son “herencia de tiempos antidemocráticos”, que concluyeron hace 27 años. En ninguno de los casos verificados por los defensores se encontraba registrado el ingreso de psicólogos ni la salida de los internos para entrevistarse con ellos en otro sector, como exigen los reglamentos.

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